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Visas de inversionista bajo el Tratado de Libre Comercio (NAFTA) agilizan el proceso de inversión para los mexicanos

El 1 de enero de 1994, entró en vigor el Tratado de Libre Comercio (TLC) entre los Estados Unidos, México y Canadá, que afectó directamente al proceso de visas de inversionista para ciudadanos de esos tres países.

El TLC reemplazó el viejo procedimiento que dependía del sistema tradicional que no daba oportunidades de inversión a dichos ciudadanos.  En la actualidad se están otorgando estas visas a empresas y personas que pasan por una rigurosa investigación de seguridad, dispuestos a invertir una cantidad adecuada, por lo menos el 51%, del costo de la inversión. Por ejemplo, si la compra de un restaurante es 300.000$(US), se requiere el pago del 51% que cubriría equipo, muebles, inventario u otros gastos relacionados a dicha inversión.  En el caso de un inversionista mexicano, el dinero sería trasladado desde México a los Estados Unidos vía giros bancarios cuyo propósito es demostrar el origen de los fondos para un propósito legal en los Estados Unidos.Es obvio que el inversionista extranjero debe recibir una mejor orientación, de parte de especialistas en el tema del TLC, para agilizar el proceso en este nivel. Si ésto no sucede, el inversionista sufrirá de muchos estancamientos legales, lo cual seguirá impidiendo que resuelvan necesidades en una manera eficiente.

Las visas de inversionista cubren inversiones de importación y exportación (E-1) e inversiones que producirían empleos para trabajadores en el país de la inversión (E-2).  En ambos casos, la familia inmediata del inversionista (esposos e hijos solteros menores de 21 años de edad) pueden acompañarlo, de manera que esos hijos pueden asistir un colegio sin la necesidad de una visa estudiantil extranjera.

Aunque la visa E-1 o E-2 no provee la oportunidad para conseguir la residencia permanente en los Estados Unidos, es un modo de abrir la puerta para una inversion multinacional, o sea, en dos paises, lo cual puede agilizar los trámites para la residencia permanente a lo largo.

Para más detalles, consulte la página de internet del Departamento de Estado de los Estados Unidos.

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